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año:2010
 
institución:CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12880 23 de diciembre de 2010 DCA-0990 Ingeniero Héctor Monge Montero Director Ejecutivo CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Telefax: 22-33-10-41 Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre el COSEVI y el Consorcio conformado por las empresas Lupa Export Import Corporation y Representaciones G.A & Co, S.A, para la compra de 5 máquinas demarcadoras de pavimento con sistema de bombas hidráulicas incorporadas a su vehículo. Licitación Pública 2010LN-00002- 0100. Nos referimos a su oficio DE-2779-2010, de fecha 18 de noviembre del año 2010, mediante el cual solicita refrendo al contrato suscrito el COSEVI relacionado en el asunto anterior. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional respectivo al contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: 1.-Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por M.A. Ped. Flor Madriz Molina, Directora Financiera, con fecha 01 de noviembre de 2010, por la orden de ¢ 270.000.000.00, partida presupuestaria 101.01.01.5.99. En ese sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de estas contrataciones (ver folio 297 del expediente administrativo). 2.- Certificaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, con fecha 17 de noviembre de 2010 (folios 311 y 312 1110 del expediente administrativo), en la cual se indica que las integrantes del consorcio., se encuentran al día en el pago de las cuotas obrero patronales. La Admi ...
Fecha publicación: 29/12/2010
Fecha emisión: 23/12/2010
Documento: 12880-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11078 12 de noviembre, 2010 DCA-0553 Ingeniero Héctor Monge Montero Director Ejecutivo CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Estimado señor: Asunto: Se refrendan de manera condicionada, nueve contratos para la prestación de servicios de mecánica, enderezado y pintura y mantenimiento preventivo de la flota vehicular y algunos otros equipos, suscritos entre el Consejo de Seguridad Vial y las empresas Taller de Carrocería y Pintura Coto, S.A., Fieuyea, S.A.-Tres Erres, S.A., Taller Carrocería Herrera, S.A., Meca Enderezado y Pintura, S.A., Taller Mede, S.A., Mecánica Quirós Mekbel, S.A., Super Servicio, S.A., Taller Costa Rica Enderezado y Pintura, S.A., y Grupo Inversionista Vinca, S.A., todos de cuantía inestimable y correspondientes a la Licitación Pública N°2009LN000010-00100. Nos referimos a su oficio No. DE-2410-2010 de fecha 5 de octubre de 2010, recibido en este órgano contralor en fecha 7 de octubre, por medio del cual solicita el refrendo legal de los referidos contratos que corresponden a la numeración CS-008-2010 a CS-016-2010, correspondientes a servicios de mecánica, enderezado y pintura así como mantenimiento preventivo de la flotilla vehicular de ese Consejo. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos los contratos de mérito debidamente refrendados por este Despacho, no obstante sujetos a los condicionamientos que de seguido indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Héctor Monge Montero, en su condición de Director Ejecutivo de la institución promotora del concurso, o quien ejerza este cargo. En caso que no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir o bien comunicar a la dependencia que corresponda, para ejercer el control sobre estas condiciones las cuales consisten en las siguientes: 1. De conformidad con el artículo 9 del Reglame ...
Fecha publicación: 15/11/2010
Fecha emisión: 12/11/2010
Documento: 11078-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 06300 1 de julio de 2010 DJ-2644-2010 Ingeniero Héctor Monge Montero Director Ejecutivo CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Telefax: 22-33-10-41 Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre el COSEVI y Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda, para la prestación de servicios de vigilancia a efectos de salvaguardar los bienes institucionales y el orden en las instalaciones de COSEVI, derivado de la Licitación Pública 2010LN-000001-00200. Nos referimos a su oficio DE-1556-2010, de fecha 16 de junio del año 2010, mediante el cual solicita refrendo al contrato suscrito el COSEVI y Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda, para la prestación de servicios de vigilancia a efectos de salvaguardar los bienes institucionales y el orden en las instalaciones de COSEVI, derivado de la Licitación Pública 2010LN-000001-00200. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo al contrato anteriormente citado, ello con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley 7428 del 7 de setiembre de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución R-CO-10 de las 9 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta 23 del 03 de febrero de 2009, y la resolución R-DC-27 de las 11 horas del 9 de febrero de 2010, publicado en La Gaceta 33 del 17 de febrero de 2010. Lo anterior bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: i) Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por M.A. Ped. Flor Madriz Molina, Directora Financiera, con fecha 9 de junio de 201 ...
Fecha publicación: 04/07/2010
Fecha emisión: 01/07/2010
Documento: 06300-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio No. 04555 19 de mayo, 2010 DJ-1858 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo el contrato CS-006-2010 que deriva de la Contratación Directa No.2009CD-000112-00200, promovida por el Consejo de Seguridad Vial, para el alquiler de dos terrenos en Guácimo, con la finalidad de albergar la Unidad de Impugnaciones de boletas de citación de tránsito, las oficinas de la Dirección de Proyectos de Revisión técnica Vehicular y Proyectos, y el depósito de vehículos detenidos. Damos respuesta a su oficio No. DE-1016-2010, de fecha 19 de abril de 2010, recibido en este Despacho el día 21 de abril de 2010, por medio del cual solicita el otorgamiento del refrendo contralor para el contrato CS-006-2010 que deriva de la Contratación Directa No.2009CD-000112-00200 promovida por el Consejo de Seguridad Vial, para el alquiler de dos terrenos en Guácimo, con la finalidad de albergar la Unidad de Impugnaciones de boletas de citación de tránsito, las oficinas de la Dirección de Proyectos de Revisión técnica Vehicular y Proyectos, y el depósito de vehículos detenidos. I. Antecedentes Visto el expediente administrativo del procedimiento de contratación, se comprueba que en el constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que con la finalidad de adjudicar el arriendo de un terreno para albergar las oficinas desconcentradas de la Unidad de Impugnaciones de Multas de Tránsito y Depósito de Vehículos Detenidos, en Guácimo; la Administración celebró el procedimiento de contratación directa No.2009CD-000112-00200. 2. Que dicha determinación fue tomada en el artículo XII de la sesión 2552-09 del 9 de julio de 2009, con fundamento en el inciso d) del artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 125, 126, 127, 131 inciso j y 159 del Reglamento a la misma (v ...
Fecha publicación: 22/05/2010
Fecha emisión: 19/05/2010
Documento: 04555-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 04034 4 de mayo de 2010 DJ-1646-2010 Señor Dr. Carlos Rivas Fernández Director Ejecutivo a.i CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Fax: 2256-11-01 Estimado señor: Asunto: Se deniega por no requerirse, refrendo al contrato derivado de la contratación directa 2009CD-000115-00200, suscrito entre ese órgano y el consorcio formado por las empresas Arcede S.A. y C y E Consultores S.A., para el arrendamiento de un inmueble con servicios complementarios ubicado en la provincia de Limón, con la finalidad de ubicar la oficina de impugnación y depósito de vehículos de ese Consejo en dicha zona, adjudicado por un monto mensual de $17.000,00 (diecisiete mil dólares exactos). Nos referimos a su oficio DE-796-2010 de fecha 25 de marzo del 2010, recibido en este órgano contralor el día 26 del mismo mes y año, complementado por el oficio DE-2010-1142 recibido en fecha 29 de abril de igual año, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y el Consorcio conformado por las empresas Arcede S.A. y C y E Consultores S.A., para el arrendamiento de un inmueble con servicios complementarios ubicado en la provincia de Limón, con la finalidad de ubicar la oficina de impugnación y depósito de vehículos de ese Consejo, por un monto mensual de $17.000,00 (diecisiete mil dólares exactos). Sobre el particular, hemos de comunicarle que de conformidad con el artículo 3° del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el contrato derivado de una contratación directa requiere refrendo de este órgano contralor, únicamente en los siguientes supuestos: 1)-Cuando se trate de contrataciones autorizadas por este órgano contralor, en el tanto el requisito de refrendo así se disponga en el respectivo oficio. 2)-Cuando se apliquen las excepciones de oferente único y objetos que requieran se ...
Fecha publicación: 06/05/2010
Fecha emisión: 04/05/2010
Documento: 04034-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 02984 5 de abril de 2010 DJ-1198-2010 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Fax: 2256-1101 Asunto: Se aprueba en forma condicionada el contrato de para la contratación de servicios de atención mediante la línea 900 suscrito entre esa Institución y la empresa IT Servicios de Infocomunicación S.A. correspondiente a la Licitación Pública 2009LN-000012-00100. Damos respuesta al oficio DE-523-2010 de 24 febrero del 2010 mediante el cual somete a refrendo el contrato de servicios de atención mediante la línea 900 suscrito entre esa Institución y la empresa IT Servicios de Infocomunicación S.A. correspondiente a la Licitación Pública 2009LN-000012- 00100. I. Antecedentes . La Administración tramita la Licitación Pública 2009LN-000012-00100 para la contratación de servicios de atención mediante la línea 900. Se presentaron cuatro ofertas al concurso de las cuales resultaron elegibles tres y la empresa IT Servicios de Infocomunicación S.A. resultó adjudicataria en razón de su calificación. II. Criterio del Despacho Una vez efectuado el análisis correspondiente, se devuelve el contrato con el respectivo refrendo condicionado a lo señalado en este oficio. Según consta en la cláusula sexta del contrato, lo indicado al efecto en su oficio y de acuerdo con consulta realizada al Sr. Rafael Fallas, funcionario de esa Institución, el costo de los servicios los cancelará el usuario, por lo que no se cuenta con contenido presupuestario para respaldar la contratación. Asimismo que consta en el expediente el cumplimiento de las condiciones legales y técnicas requeridas en el cartel conforme se indica en el oficio AL-813-2009 de 26 de noviembre del 2009 suscrito por el licenciado Carlos E. Rivas Fernández Encargado de la Asesoría Legal y AD-SP-2009-242 de 11 de diciembre del 2009 suscrito por ...
Fecha publicación: 08/04/2010
Fecha emisión: 05/04/2010
Documento: 2984-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS